viernes, 24 de mayo de 2024

ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA

 ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA

Hola de nuevo. ¿Qué tal, cómo estáis? ¿Qué os está pareciendo mi blog?

En el anterior blog hablé sobre los símbolos que otorga nuestra tierra Andalucía: bandera, escudo e himno. Ciertos símbolos fueron adoptados y aprobados por la Asamblea de Ronda de 1918. En cuanto al himno fue aprobado por ley de su Parlamento, por la Junta Liberalista de Andalucía en 1933.

En este reportaje hablaremos de su norma jurídica. Vamos a hablar de su Estatuto de Autonomía y, como siempre, rindiendo homenaje al Padre de la Patria Andaluza, Blas Infante.

En el próximo blog hablaré de este homenaje, ya que le estoy mencionado en algunas ocasiones.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía se ha logrado gracias a la aportación del pueblo andaluz que, en su conjunto, ha desempeñado su protagonismo indiscutible en la recuperación de su identidad.



Portada Estatuto de Autonomía de Andalucía. Fuente: Junta de Andalucía



CONCEPTO, CONTENIDO Y PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN

Desde un contexto jurídico, nos dirigimos a nuestra Ley de Leyes: la Constitución Española de 1978, donde detalla el concepto de Estatuto, elaboración y procedimiento de aprobación.



Portada Constitución Española de 1978. Fuente: Congreso de los Diputados




En su artículo 147 regula el concepto y contenido:

"Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

Los Estatutos de Autonomía deberá contener:

a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

b) La delimitación de su territorio.

c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica".

En su artículo 146 regula la elaboración del proyecto de Estatuto:

"El proyecto de Estatuto será elaborado por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos por ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como proyecto de ley".



Fuente: Congreso de los Diputados


Por su parte, el artículo 151 regula el procedimiento de elaboración del Estatuto:

"El procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:

1º El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

2º  Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y la asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.

3º Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.

4º Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado por el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.

5º De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.

En los casos de los párrafos 4º y 5º, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada".


ESTATUTO 1981 VS ESTATUTO 2007

El Estatuto de Autonomía de Andalucía de 1981 (más conocida como Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre), estaba estructurado en 75 artículos divididos en seis Títulos más un Preliminar:

  • TÍTULO PRELIMINAR. Artículos (1-12).

  • TÍTULO I. Competencias de la Comunidad Autónoma. Artículos (13-23).

  • TÍTULO II. Organización institucional de la Comunidad Autónoma. Artículos (24-46).

  • TÍTULO III. De la Administración de Justicia. Artículos (47-53).

  • TÍTULO IV. Economía y Hacienda. Artículos (54-71).

  • TÍTULO V. Relaciones con la Administración del Estado y con otras CC.AA. Artículos (72-73).

  • TÍTULO VI. Reforma del Estatuto. Artículos (74-75)

El nuevo Estatuto de Autonomía, aprobado por el Congreso de los Diputados, en sesión plenaria celebrada el día 2 de noviembre de 2006, más conocido como Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, está estructurado en 250 artículos, agrupados en diez títulos más uno preliminar:

  • TÍTULO PRELIMINAR. Artículos (1-11).
  • TÍTULO I. DERECHOS SOCIALES, DEBERES Y POLÍTICAS PÚBLICAS. Artículos (12-41).
  • TÍTULO II. COMPETENCIAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Artículos (42-88).

  • TÍTULO III. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Artículos (89-98).

  • TÍTULO IV. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Artículos (99-139).

  • TÍTULO V. EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA. Artículos (140-155).

  • TÍTULO VI. ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA. Artículos (156-194).

  • TÍTULO VII. MEDIO AMBIENTE. Artículos (195-206)

  • TÍTULO VIII. MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL. Artículos (207-217)

  • TÍTULO IX. RELACIONES INSTITUCIONALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Artículos (218-247).

  • TÍTULO X. REFORMA DEL ESTATUTO. Artículos (248-250).

Incluye cinco disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales.





PROCESO DE REFORMA DEL ESTATUTO DE ANDALUCÍA

Para finalizar este reportaje, hablaremos sobre su proceso de reforma del Estatuto.

El 20 de diciembre de 2006, el Senado aprobó, con el apoyo más amplio recibido, la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Fue en junio de 2001, por aquel entonces Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves (PSOE), lanza la propuesta política de reformar el Estatuto de Autonomía para Andalucía con el objetivo de "impulsar un nuevo horizonte de autogobierno".

El anuncio lo realizó en el transcurso del Debate sobre el Estado de la Comunidad, celebrado en 2003. El documento de bases para la reforma del Estatuto se hizo público el 16 de diciembre de ese año.

El Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves (PSOE), con fecha 25 de junio de 2003, anuncia la presentación de un documento con propuestas para la reforma del Estatuto. Foto: Agencia EFE




En la fotografía del Parlamento de la Junta de Andalucía, con fecha 20 de abril de 2004, Manuel Chaves (PSOE) hace referencia a la reforma del Estatuto en su debate de investidura como presidente de la Junta de Andalucía en para la séptima legislatura. Foto: Agencia EFE

El impulso definitivo a esta reforma, enmarcada en un contexto general propicio a las modificaciones estatutarias, llegó en junio de 2004, cuando el Parlamento andaluz acuerda acuerda crear la Ponencia de Reforma del Estatuto, de la que formarían parte 11 parlamentarios. Este órgano, además de elaborar una declaración conjunta, decide convocar a un amplio abanico de representantes sociales, económicos y culturales, además de órganos constitucionalistas, que expusieron en sede parlamentaria sus opiniones y propuestas sobre el proyecto.

Los grupos parlamentarios andaluces registran en la Cámara un primer borrador de propuestas de reforma del Estatuto. Durante los meses de mayo y junio, la ponencia elabora un primer informe que recoge los acuerdos alcanzados entre los grupos parlamentarios sobre diversas materias y sus observaciones y propuestas. El informe definitivo ve la luz verde tras el segundo periodo de sesiones de septiembre de 2005 a febrero de 2006. Al texto articulado de la reforma del Estatuto se adjuntan los votos particulares de los distintos grupos parlamentarios y es aprobado por la Comisión de Desarrollo Estatutario el 2 de febrero, pasando así a convertirse en Dictamen.

Los grupos parlamentarios PSOE e Izquierda Unida presentan en el registro del Parlamento una Proposición de Ley para la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Su contenido coincide con el texto articulado del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Estatutario. A partir de esta fecha da comienzo el procedimiento de reforma del texto, de acuerdo con lo dispuesto en el propio Estatuto y en el Reglamento del Parlamento Andaluz.


Con fecha 16 de febrero, el Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves (PSOE), intervino en el debate del inicio de la tramitación parlamentaria de la reforma del texto. Foto: Agencia EFE.


Esa misma fecha, el Pleno del Parlamento admite a trámite la proposición de Ley de reforma del Estatuto con los votos a favor de los grupos PSOE e IULV-CA y con la abstención de andalucistas y populares. Entre sus principales novedades, se halla la creación de títulos correspondientes a Derechos Sociales, Deberes y Políticas Públicas, Organización Territorial, Medio Ambiente y Medios de Comunicación Audiovisual.

El 3 de abril de 2006 se constituye la ponencia que estudiará la propuesta de reforma del Estatuto y las enmiendas de los grupos parlamentarios. Dos semanas después finaliza sus trabajos y eleva su informe a la Comisión de Desarrollo Estatutario, que lo debate y aprueba dando lugar el Dictamen.

El 2 de mayo de 2006 se celebra definitivamente en el debate en el pleno del Parlamento andaluz, donde la proposición de Ley obtiene los votos a favor de los grupos Socialistas e IU, mientras que populares y andalucistas se posicionan en contra. Tres días más tarde, la presidenta del Parlamento andaluz, Mª del Mar Moreno, presenta en el registro del Congreso de los Diputados la propuesta de Reforma del Estatuto. Tiene un total de 246 artículos, 11 títulos y seis disposiciones adicionales, con lo que amplia notablemente la extensión del Estatuto vigente, ya que incrementa sus títulos de seis a once, mientras que el número de artículos pasa a 75 a 246. Las disposiciones adicionales también se incrementan, al pasar de cuatro a seis. Las disposiciones transitorias pasan de seis a dos.



En esta fotografía, la Cámara andaluza aprueba la propuesta de reforma del Estatuto. Aquí podemos ver a Manuel Chaves (PSOE) durante su intervención en el Parlamento. Foto: Agencia EFE



El Presidente andaluz recibe los aplausos de la Cámara tras la aprobación del texto por el Parlamento. Foto: EFE



Manuel Chaves con el Consejero de la Presidencia y dirigentes socialistas. Foto: Agencia EFE



La propuesta de Estatuto llega al Congreso de los Diputados en manos de la Presidenta del Parlamento de Andalucía, María del Mar Moreno. En la imagen, el presidente del Congreso, Manuel Marín recibe el texto en formato digital.

El 23 de mayo de 2006 se abre un debate de la propuesta de las Cortes. El pleno del Congreso toma en consideración la Propuesta de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía remitida por el Parlamento autonómico con 187 votos a favor (PSOE, CiU, ERC, IU/IUV, CC y Grupo Mixto), y la oposición de los 136 diputados del PP.



Manuel Chaves (PSOE), junto a consejeros andaluces y ex presidentes de la Junta de Andalucía, en la tribuna de invitados presenciando el debate en el Congreso sobre la propuesta de reforma del Estatuto.



El Presidente de la Junta y el Consejero de la Presidencia, satisfechos del término de la sesión del debate del Congreso. Foto: Agencia EFE


El 5 de septiembre de 2006, los grupos parlamentarios presentan enmiendas a la reforma del Estatuto andaluz. Los socialistas registran 10 escritos de enmiendas, los populares presentan 116 e IU 40. Por su parte, los andalucistas, que no tienen representación en el Congreso, presentan a través del PNV, otras 119 propuestas de modificación.

Tras la toma en consideración de la propuesta en la Cámara Baja, los grupos parlamentarios presentaron sus enmiendas al texto. El plazo concluyó el 5 de septiembre y en total se presentaron 285 enmiendas.

El 13 de septiembre de 2006, se constituye la ponencia del Congreso. Queda constituida la Ponencia del Congreso de los Diputados encargada de debatir las enmiendas presentadas por los grupos políticos a la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. En la Constitución de dicho órgano manifiestan su voluntad de alcanzar el consenso.



Fotografía constituida la Ponencia del Congreso de los Diputados para debatir las enmiendas al texto del Estatuto de Autonomía de Andalucía. Foto: Agencia EFE


Foto: Agencia EFE


El 20 de septiembre de 2006 comienzan los trabajos de la Ponencia del Congreso de los Diputados, compuesta por 11 Diputados y por otros parlamentarios andaluces. Los debates sobre las enmiendas presentadas por los grupos políticos a la propuesta de reforma se prolongan durante un mes.

En el Congreso de los Diputados los trámites se prolongaron durante casi dos meses. En primer lugar se constituyó la Ponencia del Congreso - compuesta por 11 diputados y por otros parlamentarios andaluces - que da el relevo a la Comisión Constitucional el 19 de octubre de 2006. Es en el seno de este órgano donde PSOE, PP e IU alcanzan, tras intensos debates, el acuerdo definitivo en torno al texto.

El 19 de octubre de 2006, la Comisión Constitucional abre el debate. Tras los trabajos de la Ponencia del Congreso de los Diputados, la Comisión Constitucional toma el relevo e inicia el debate sobre el dictamen de la Ponencia. Los primeros acuerdos entre los grupos políticos se produjeron ese mismo día acerca de los seis primeros títulos de la propuesta elaborada por la Ponencia. Después, y a lo largo de un mes de reuniones, llegaría el consenso en torno al resto del articulado.

El 25 de octubre de 2006, la Comisión Constitucional aprueba el texto de la Reforma del Estatuto. La Comisión Constitucional del Congreso aprueba el dictamen sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía con el apoyo unánime de todos los miembros de las Cortes Generales y de los 39 Diputados del Parlamento andaluz, a excepción de los dos representantes del Partido Andalucista, que votaron en contra.


Foto: Agencia EFE


El 2 de noviembre de 2006, el Pleno del Congreso de los Diputados debate y aprueba el Proyecto de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía tras mes y medio de trabajos parlamentarios por la Cámara Baja. 




Manuel Chaves, junto al Consejero de la Presidencia y el delegado del Gobierno central en Andalucía, saluda tras la aprobación del Dictamen de la Comisión Constitucional sobre la reforma del Estatuto de Andalucía para Andalucía. Salió adelante con 306 votos a favor y 2 abstenciones del Bloque Nacionalista Gallego (BNG) y Eusko Alkartasuna (EH Bildu). Foto: Agencia EFE.



El Presidente de la Junta, junto a varios consejeros como María Jesús Montero (Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Hacienda actualmente), desde la Tribuna de invitados tras la aprobación del Estatuto de Autonomía de Andalucía en el Congreso de los Diputados.



Manuel Chaves (PSOE) en rueda de prensa tras la aprobación del texto en el Congreso. Foto: EFE



El 27 de noviembre de 2006, se aprueba el Dictamen en el Senado. La ponencia creada en el Senado para debatir tal cual fue enviado por el Congreso de los Diputados a la Cámara Alta, con el voto unánime de todos los grupos y el único voto en contra del Partido Andalucista, entre los delegados del Parlamento Andaluz.



El Proyecto de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía concluyó su tramitación por las Cortes Generales con su aprobación, casi por unanimidad, en el pleno del Senado. Foto: Agencia EFE



El Presidente de la Junta, Manuel Chaves (PSOE) en el tribuna de invitados durante el debate final del texto en el Pleno del Senado. Foto: Agencia EFE


El 30 de noviembre de 2006 se produce el debate en la Comisión de las Comunidades Autónomas. Tras los trabajos de la Ponencia en el Senado, el texto pasó a debate en la comisión general de las Comunidades Autónomas en la Cámara Alta, donde fue aprobado con el apoyo de todos los grupos políticos, a excepción de los andalucistas.

El 20 de diciembre de 2006, el Pleno del Senado aprobó la reforma del Estatuto andaluz. De los 243 votos emitidos, solo 242 fueron a favor y se contabilizó una abstención. El texto se someterá a referéndum en febrero de 2007.



Tras la aprobación del texto en el Senado, el Presidente de la Cámara Alta, Francisco Javier Rojo García, hizo entrega de una copia del Estatuto de Autonomía al Presidente de la Junta, Manuel Chaves.


El 9 de enero de 2007, el Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves (PSOE), ha informado el Consejo de Gobierno de la convocatoria de referéndum para ratificar la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía el domingo 18 de febrero. El presidente andaluz tomó esta decisión después de que el Consejo de Ministros acordará delegar en la Junta la convocatoria y organización de la consulta.




El Presidente de la Junta, Manuel Chaves (PSOE), convocó el referéndum para ratificar el Estatuto de Autonomía para Andalucía, el domingo 18 de febrero. Manuel Chaves anunció en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Gobierno del martes 9 de enero de 2007. Foto: Agencia EFE

El 18 de febrero de 2007, el nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía recibió el respaldo del 87,4% de los votos emitidos en el Referéndum de ratificación celebrado el 18 de febrero de 2007 y al que estaban convocados más de seis millones de ciudadanos. Con el 100% de los votos escrutados, los resultados electorales arrojaron un 87,4% de votos afirmativos, un 9,4% en contra y 3% de papeletas en blanco.




El nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía recibió el respaldo del 87,4% de los votos emitidos en el Referéndum. El 9,4% de los votos fueron negativos y el 3% de las papeletas en blanco. En total, los andaluces convocados a este referéndum fueron más de 6 millones de ciudadanos, de los que han emitido su voto más de 2 millones, un 36,2%.

En la fotografía, el Consejero de la Presidencia, D. Gaspar Zarrías, y la Consejera de Gobernación, Dª Evangelina Naranjo, informaron puntualmente sobre participación y escrutinio desde el dispositivo organizado en el Pabellón de la Navegación en Sevilla. Foto: Agencia EFE

El 19 de marzo de 2007, el Rey rubrica el nuevo Estatuto de Autonomía. Su Majestad, el Rey, Dº Juan Carlos I, rubricó el nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía el 19 de marzo. El texto estatutario cuenta con un preámbulo, diez Títulos más un Título Preliminar, 250 artículos, cinco disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

El 20 de marzo de 2007, el Estatuto entra en vigor en el Boletín Oficial del Estado de la resolución de la Jefatura del Estado, relativa a la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto, éste entra en vigor.

Se trata, en definitiva, de conseguir un Estatuto para el siglo XXI, un instrumento jurídico que impulse el bienestar, la igualdad y la justicia social, dentro del marco de cohesión y solidaridad que establece la Constitución de 1978.


Para finalizar, os dejo un video muy llamativo sobre el proceso de reforma del Estatuto de Andalucía y el día conmemorativo del 28-F por el Centro de Estudios Andaluces, os dejo el link en la descripción. 



Fuente: Centro de Estudios Andaluces (Junta de Andalucía)




Espero que os haya gustado este reportaje. Nos vemos en el próximo blog.

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